Si queremos solicitar la nacionalidad española, no basta con presentar todos los documentos que pide la Ley. El segundo paso es que se van a examinar nuestros documentos y, si se estima inicialmente la condición de sefardí originario de España y la especial vinculación, seremos llamados a comparecer ante el Notario. Es en este momento cuando deberemos aportar los documentos originales que justifiquen todos los datos cuyas copias enviamos al iniciar el proceso. Además, todos los mayores de edad deberán traer consigo el certificado de antecedentes penales correspondiente a su país de origen y aquellos donde hubiera residido durante los últimos cinco años, con su debida autorización y apostilla, y bajo traducción jurada si es necesario.
¿En qué consiste la comparecencia? Llegados a este punto, deberemos certificar ante el Notario que todos los documentos que hemos presentado son verídicos y éste comprobará la certeza de todos los hechos en los que se funda nuestra petición. Para estos casos, se permite que la persona acuda acompañada de un abogado, o incluso, si la persona debe desplazarse a España desde otro país, se le permite que envíe a su abogado para representarle en la comparecencia en lugar de ir él. Nuestros abogados están en Madrid ya para acudir a la comparencia por usted o asesorarle en todo momento.
Después de la comparecencia, se examinarán nuevamente los documentos y se resolverá la petición: ya será usted sefardí con nacionalidad española.
jueves, 30 de julio de 2015
La comparecencia ante Notario
Posted by Unknown on 13:58 in Abogados Apostilla de La Haya Certificados Comparecencias Descendientes sefardíes Madrid Nacionalidad española Traducción jurada | Comments : 0